¿Cuál es el primer paso que debo dar?
En el supuesto de que se solicite empleo a través de la Agencia de Colocación, hay un plazo de 15 días para contestar si se han encontrado candidatos. En caso negativo, transcurrido dicho plazo, se procede a solicitar el Certificado de Excepcionalidad, requisito previo obligatorio para poder acogerse a Medidas Alternativas.
¿Hay obligación de solicitar siempre previamente empleo al INEM o al Servicio Público de Empleo?
¿Qué documentos son necesarios para la solicitud del certificado de excepcionalidad y qué tiempo tarda?
Si alegó razones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico, el Certificado de Excepcionalidad se solicita ante el Servicio Público de Empleo correspondiente, a través del Anexo II* acompañado de la documentación que justifique las causas alegadas.
¿Teniendo ya bienes contratados y/o servicios con un Centro Especial de Empleo estoy cumpliendo con la Ley? ¿Vale una factura y que justifique dicho contrato?
Si he solicitado el certificado de Excepcionalidad. ¿Desde qué momento puede decirse que cumple con la Ley?
Preguntas frecuentes